Con fecha 10 de septiembre de 2019, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Pamplona ha dictado Sentencia 209/2019 sobre otro de los recursos interpuestos por los propietarios del paraje de Oncineda.
La sentencia, que se ha dictado con relación a la parcela sobre la que se había fijado un valor de 108 €/m2 frente al de 43 €/m2 del resto de parcelas, confirma la legalidad del acuerdo plenario de 7 de junio de 2018 que declaró nulos los convenios y sus anexos una vez dictaminado el expediente de revisión de oficio por parte del Consejo de Navarra, y avala los dos motivos de nulidad, la falta de competencia de las alcaldesas y el hecho de que los convenios se suscribieron prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido, incidiendo además en el grave perjuicio que el convenio anulado suponía para el interés público.
Al igual que en la Sentencia del pasado día 2 dictada por el Juzgado nº 1, condena en costas a la parte recurrente y es recurrible en apelación ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Navarra