Así lo ha hecho saber esta mañana la jefatura de la policía local de Estella, a través de una nota informativa en la que se estima que se abre «un periodo de carácter informativo sobre dicha norma jurídica, dejando en suspenso provisionalmente el carácter sancionador contemplado en la misma, hasta la instalación de los medios técnicos adecuados para la vigilancia de la normativa regulada en la Ordenanza.»
En el mismo comunicado se informa de que este periodo informativo ya estaba previsto en el caso de que la instalación de los medios técnicos de vigilancia hubieran estado dispuestos el día de entrada en vigor de la ordenanza, ya que siempre se ha entendido que una modificación en el ordenamiento de la circulación de la presente magnitud hacía necesario un periodo de prueba previo.
Por último, la nota de prensa quiere destacar la confianza que el Ayuntamiento tiene en la ciudadanía de Estella-Lizarra como la principal colaboradora en la aplicación y cumplimiento de esta ordenanza, destinada fundamentalmente, tal y como se recoge en su Preámbulo, a regular «los usos de las vías urbanas, haciendo compatible la equitativa distribución de los aparcamientos entre todos los usuarios con la necesaria fluidez del tráfico rodado y con el uso peatonal de las calles».
No obstante la información ofrecida desde el Ayuntamiento estellés no habla de plazos, por lo que este periodo informativo no tiene, por el momento, fecha de caducidad.



Menos mal que no hay multas. Porque si fuera de otra manera, y después de la primera a multa, no venía a Estella ni Dios.
Esas multas que estaban previstas ¿A quién se le habían ocurrido?
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